Reembolso anticipado: qué significa y cómo se usa en deudas y crédito
Reembolso anticipado: devolución total o parcial de un crédito antes de la fecha prevista, con reducción del coste pendiente.
El reembolso anticipado consiste en devolver antes de la fecha prevista todo o parte del crédito. Puede reducir el plazo, la cuota o ambos, según el contrato y la opción aplicada.
El efecto económico principal
En los créditos al consumo incluidos en la Ley 16/2011, el consumidor puede reembolsar anticipadamente en cualquier momento y tiene derecho a una reducción del coste total correspondiente al tiempo que queda por transcurrir. Para comprobarla, compara una liquidación emitida para una fecha concreta con el calendario anterior.
Reembolso parcial: dos resultados posibles
- Mantener cuota: el capital pendiente baja y normalmente se acorta el plazo.
- Mantener plazo: se recalcula una cuota inferior.
No des por supuesto cuál aplicará la entidad. Solicita una simulación que indique capital pendiente, cantidad anticipada, nueva cuota o nueva fecha final y coste restante.
Compensación en crédito al consumo
Cuando concurren los requisitos del artículo 30 de la Ley 16/2011, el prestamista puede recibir una compensación por costes directamente derivados del reembolso durante un periodo con tipo fijo. El límite general es el 1 % del importe reembolsado si queda más de un año y el 0,5 % si queda un año o menos, sin superar los intereses que se habrían pagado en ese intervalo. Existen supuestos en los que no procede compensación.
Lista de comprobación antes de pagar
- Pide liquidación con fecha de validez.
- Separa principal, intereses devengados y compensación.
- Indica si quieres reducir plazo o cuota cuando exista elección.
- Comprueba el tratamiento de un seguro vinculado y de la prima no consumida.
- Obtén el nuevo cuadro o el certificado de cancelación total.
Fuentes y conceptos relacionados
Fuentes y revisión
- Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo — Boletín Oficial del Estado
- Información para clientes bancarios — Banco de España
Última revisión:
Contenido informativo general; no sustituye el análisis individual del expediente.