Sentencia

Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre usura en tarjetas revolving

Qué han analizado las sentencias del Supremo sobre tarjetas revolving y por qué conviene estudiar cada contrato individualmente.

Resumen del criterio

El Tribunal Supremo ha ido precisando con qué referencia debe compararse el interés de las tarjetas revolving al analizar una posible usura. No existe un porcentaje universal que permita resolver cualquier contrato sin identificar producto, fecha y tipo medio comparable.

Antecedentes y evolución jurisprudencial

STS 628/2015, de 25 de noviembre

La Sala Primera, en el recurso 2341/2013, examinó un crédito revolving con un interés remuneratorio del 24,6 % TAE. La comparación se hizo con el interés normal de las operaciones de crédito al consumo disponible para la época y se valoró la desproporción del tipo aplicado.

STS 149/2020, de 4 de marzo

La Sala Primera, en el recurso 4813/2019, estudió una tarjeta revolving de WiZink. Precisó que la comparación debía realizarse con la categoría específica de tarjetas de crédito revolving publicada por el Banco de España, y no con una media genérica de todo el crédito al consumo. En los hechos de ese caso, el tipo fue considerado notablemente superior y desproporcionado.

STS 258/2023, de 15 de febrero

La Sala Primera, en el recurso 5790/2019, mantuvo la necesidad de acudir al tipo medio de la categoría comparable correspondiente al momento de la contratación. En el contexto de las tarjetas revolving, utilizó una diferencia de más de seis puntos porcentuales sobre ese tipo medio como referencia. Esta precisión no convierte los seis puntos en una regla universal aplicable a cualquier préstamo o microcrédito.

Qué significa en la práctica

  • Hay que identificar la fecha del contrato y el producto concreto.
  • La referencia de comparación debe corresponder a la categoría pertinente.
  • La TAE contractual y la estadística utilizada deben compararse con cuidado.
  • Los hechos y documentos del contrato siguen siendo necesarios.

Qué NO significa

  • No declara usuraria toda tarjeta revolving.
  • No fija un porcentaje absoluto válido para todos los años.
  • No traslada automáticamente la diferencia de seis puntos a microcréditos u otros productos.
  • No confunde usura con falta de transparencia: son análisis distintos.

Cómo revisar tu documentación

Localiza contrato, fecha, TAE, extractos y modalidad de pago. Las calculadoras de duración revolving y cambio de cuota ayudan a visualizar el funcionamiento económico, pero no deciden usura, transparencia ni una eventual devolución.

Datos de las resoluciones

Resolución Fecha Sala Recurso
STS 628/2015 25/11/2015 Sala Primera 2341/2013
STS 149/2020 04/03/2020 Sala Primera 4813/2019
STS 258/2023 15/02/2023 Sala Primera 5790/2019

Fuentes y revisión

  1. Buscador de jurisprudencia — Consejo General del Poder Judicial / CENDOJ
  2. Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios — Boletín Oficial del Estado
  3. Tipos de interés y estadísticas oficiales — Banco de España

Última revisión:

Resumen informativo: consulta la resolución oficial y no extrapoles su criterio sin comparar los hechos.