Término

Restitución de cantidades: qué significa y cómo se usa en deudas y crédito

Restitución de cantidades: devolución de importes derivada de una nulidad, cobro indebido u otra causa jurídica.

La restitución de cantidades es la devolución de importes que procede como efecto de una nulidad, un cobro indebido u otra causa jurídica. No existe un único cálculo: primero debe identificarse qué se ha declarado ineficaz y qué regla restitutoria resulta aplicable.

Nulidad contractual general

El artículo 1303 del Código Civil establece, como regla, la restitución recíproca de las prestaciones tras declararse la nulidad de una obligación: cosas y frutos, precio e intereses, con las excepciones de los artículos siguientes. Esto exige reconstruir lo entregado por cada parte.

El régimen específico de la usura

El artículo 3 de la Ley de Usura dispone que el prestatario entrega únicamente la suma recibida. Si ya pagó, entre capital e intereses, más que el capital prestado, el prestamista devuelve el exceso. No es correcto aplicar automáticamente esa fórmula a cualquier cláusula anulada.

Cuando se anula una cláusula

Si el contrato puede subsistir sin una cláusula abusiva, el cálculo se concentra en los cobros que dependían de esa cláusula y en los efectos fijados por la normativa y la resolución aplicables. Puede ser necesario rehacer liquidaciones sin eliminar todo el contrato.

La tabla mínima de cálculo

  • fecha y concepto de cada entrega del prestamista;
  • fecha, importe y concepto de cada pago del cliente;
  • capital, intereses, comisiones, seguros y otros cargos separados;
  • regla jurídica aplicada y fecha hasta la que se calcula;
  • pagos devueltos, compensados o aún discutidos.

Una diferencia entre “total pagado” y “capital recibido” es un dato inicial, no el resultado jurídico definitivo.

Fuentes y herramienta relacionada

Fuentes y revisión

  1. Código Civil — Boletín Oficial del Estado
  2. Fuente enlazada — boe.es

Última revisión:

Contenido informativo general; no sustituye el análisis individual del expediente.