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Cesión de crédito: qué significa y cómo se usa en deudas y crédito

Cesión de crédito: transmisión del derecho de cobro desde el acreedor cedente a un cesionario.

La cesión de crédito es la transmisión del derecho de cobro desde el acreedor cedente a un cesionario. Cambia quién ocupa la posición acreedora, pero no crea por sí sola una deuda nueva.

Qué cambia y qué permanece

El cesionario pasa a reclamar el crédito con sus derechos accesorios. El contrato de origen, los pagos realizados y las defensas del deudor no desaparecen por cambiar el titular. Para créditos al consumo, el artículo 31 de la Ley 16/2011 permite oponer al tercero las mismas excepciones y defensas que frente al acreedor originario, incluida la compensación.

La notificación y el pago

El Código Civil protege al deudor que, antes de conocer la cesión, paga al acreedor anterior: el artículo 1527 establece que queda libre de la obligación. Por eso la comunicación de la cesión tiene una función práctica clara, aunque no deba confundirse con el contrato mediante el que cedente y cesionario transmitieron el crédito.

Cómo comprobar una reclamación tras la cesión

  • identidad del acreedor original y del que ahora reclama;
  • referencia que conecta la deuda con el contrato de origen;
  • fecha desde la que se afirma la nueva titularidad;
  • saldo desglosado y pagos posteriores a la cesión;
  • si el remitente es titular o solo gestor de cobro.

No equivale a una gestión de recobro

Una empresa puede enviar cartas por encargo del acreedor sin haber comprado el crédito. La cesión afecta a la titularidad; el mandato de recobro afecta a la gestión. Distinguirlos evita pedir al gestor pruebas que corresponden al titular o pagar sin saber a quién se imputa la cantidad.

Fuentes y conceptos relacionados

Fuentes y revisión

  1. Código Civil — Boletín Oficial del Estado
  2. Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo — Boletín Oficial del Estado

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Contenido informativo general; no sustituye el análisis individual del expediente.