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Checklist de fechas para ordenar una deuda

Reúne las fechas de contrato, pagos, reclamaciones y notificaciones. Organiza la cronología sin confundirla con un cálculo de plazos legales.

Calendario del expediente

Marca solo lo que hayas comprobado con un documento o una fuente fiable.

Utiliza estas casillas para comprobar que has localizado las fechas importantes del expediente. Es una lista de preparación de la cronología: no añade citas a un calendario, no envía recordatorios y no calcula vencimientos procesales.

Separa fecha del documento y fecha de recepción

Una carta puede estar fechada el día 3 y recibirse el día 8. Anota ambas fechas y de dónde sale cada una. No sustituyas la fecha de notificación por la fecha impresa al estudiar un plazo judicial.

Cómo preparar tu cronología

  • Contrato y disposiciones: cuándo se formalizó la operación y cuándo se recibió dinero.
  • Vencimientos: qué obligación correspondía a cada fecha.
  • Pagos y devoluciones: fecha efectiva e importe, con justificante.
  • Comunicaciones: emisión, recepción y respuesta.
  • Acuerdos o prórrogas: fecha, condiciones y documento que las acredita.
  • Notificaciones judiciales: órgano, procedimiento, recepción e instrucciones recibidas.

Ejemplo de dos hechos distintos

Un email de reclamación del 10 de junio y un pago del 18 de junio ocupan filas distintas. En cada fila añade el archivo que permite comprobar el dato. No etiquetes automáticamente ninguno de esos hechos como una interrupción válida de la prescripción: eso requiere analizar su contenido y el régimen aplicable.

Lo que puedes hacer después

Con las fechas ordenadas, calcula los días transcurridos entre dos fechas o prepara la información para estudiar la prescripción y sus posibles interrupciones. Una resta de días no determina si una deuda ha prescrito.

Las casillas se guardan únicamente en este navegador y se eliminan con «Limpiar». Los documentos y las fechas concretas deben conservarse en tu propio archivo. Si has recibido un requerimiento judicial de monitorio, confirma su plazo por el cauce correspondiente sin esperar a completar toda la lista.

Fuentes y revisión

  1. Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil — Boletín Oficial del Estado

Última revisión:

Resultado orientativo: comprueba los datos y supuestos con la documentación original.